SECCIÓN XXI: Objetos de arte, objetos de colección y antigüedades.
Capítulo 97: Objetos de arte, objetos de colección y antigüedades.
Partida Arancelaria: Objetos de arte o colección y antigüedades
9701.10.00.00 | – Pinturas y dibujos |
9701.90.00.00 | – Los demás |
9702.00.00.00 | Grabados, estampas y litografías, originales. |
9703.00.00.00 | Obras originales de estatuaria o escultura, de cualquier materia. |
9704.00.00.00 | Sellos (estampillas) de correo, timbres fiscales, marcas postales, sobres primer día, enteros postales, demás artículos franqueados y análogos, incluso obliterados, excepto los artículos de la partida 49.07. |
9705.00.00.00 | Colecciones y especímenes para colecciones de zoología, botánica, mineralogía o anatomía o que tengan interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o numismático. |
9706.00.00.00 | Antigüedades de más de cien años. |
Capitulo 98: Mercancías con tratamiento especial
9801.00.00.10 | – Equipaje exonerado del pago de derecho |
9801.00.00.20 | – Equipaje y menaje de casa de peruanos que fallecen fuera del Perú |
9803.00.00.10 | – Muestras comerciales de valor insignificante |
9803.00.00.20 | – Materiales de publicidad impresos |
9804.00.00.00 | Mercancías que cuentan con Resolución Liberatoria o Nota Protocolar, excepto vehículos automóviles. |
9806.00.00.00 | Mercancías de ayuda humanitaria que ingresen al amparo del artículo 2º de la Ley Nº 29081. |
9809.00.00.10 | – Correspondencia, documentos, diarios y publicaciones periódicas, sin fines comerciales |
9809.00.00.20 | – Mercancía hasta por un valor FOB de doscientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200.00) por envío |
9809.00.00.30 | – Mercancía cuyo valor FOB sea superior a doscientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200.00) hasta un máximo de dos mil y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2000.00) por envío |
9810.00.00.10 | – Mercancías hasta por un valor FOB de doscientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US $ 200,00) por envío postal |
9810.00.00.20 | – Mercancías cuyo valor FOB sea superior a doscientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US $ 200,00) hasta un máximo de dos mil y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US $ 2 000,00) por envío postal |